- Solicitud de devolución de arma de fuego decomisada.
- Orden de devolución de juez competente.
- Certificación de la sentencia y parte resolutiva del tribunal que resolvió el proceso.
- Certificación del tribunal en la cual indique que no existe recurso o notificación
pendiente en el proceso judicial.
- Antes de ingresar el documento (Orden de devolución de juez competente), verificar
que los datos siguientes estén escritos correctamente: Nombres y apellidos, datos del
arma de fuego (Tipo, marca, modelo, calibre, número de serie, municiones y
accesorios).
- Si el arma se encuentra en el almacén: Presentarse después de tres (3) días hábiles de
haber ingresado la solicitud de devolución, Presentar la documentación siguiente:
- Fotocopia de la orden de juez.
- Original y fotocopia de documento de identificación personal.
- Tarjeta de Tenencia original y fotocopia.
- Fotocopia del boleto de ornato del año que corresponda.
- Recibo de pago de Q. 100.00 por depósito en la DIGECAM.
- Las personas que NO posean licencia de portación deberán:
- Presentar solicitud de licencia de traslado esporádico de armas de fuego y/o
municiones, debiendo consignar la dirección exacta de su residencia.
- La licencia tendrá vigencia máxima de quince (15) días.
- Las armas deberán trasladarse descargadas, guardadas en funda o estuche o
convenientemente embaladas.
- Las municiones deberán ir en sus cajas o empacadas adecuadamente.
- OBSERVACIONES: Si la persona no es parte del proceso este deberá presentar la Constancia del tribunal correspondiente donde se indique que la persona a la que se le hará la devolución del arma decomisada no es parte del proceso e indicar quien es la persona sindicada y cual es el estado en que se encuentra el proceso.
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