Mensaje del Señor Director


El artículo 38 de la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce el derecho de tenencia y portación de armas de fuego a todos los ciudadanos guatemaltecos, confiriéndole al Congreso de la República de Guatemala la facultad de fijar las condiciones para el pleno ejercicio del derecho, el cual a través del Decreto Legislativo Número 15-2009 de fecha 31 de marzo de 2009 “Ley de Armas y Municiones”, estableció las funciones y atribuciones de la Dirección General de Control de Armas y Municiones como una dependencia del Ministerio de la Defensa Nacional, facultándola para normar los controles de las armas y municiones dentro del territorio nacional.

Consecuencia del mandato constitucional, el Estado de Guatemala es firmante de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y de la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados –CIFTA-, generadose las medidas legislativas necesarias para erradicar el tráfico ilícito de armas de fuego y municiones.

Tengo el gran honor de saludar a la población guatemalteca, usuarios de los servicios de la Dirección General de Control de Armas y Municiones “DIGECAM”; y me permito darles a conocer que esta dependencia está comprometida a prestar sus servicios con prontitud y profesionalismo, invitándoles a presentarse a nuestras instalaciones para solventar sus dudas, realizar sus registros y actualizaciones de armas de fuego, otorgándonos la oportunidad de apoyarles en todos los trámites legales y administrativos correspondientes; si todos los ciudadanos cumplimos con el registro respectivo, contribuiremos al incremento de la seguridad y bienestar de los guatemaltecos.

Nuestra dependencia ofrece un total compromiso de ir cada día mejorando la calidad de la atención a los usuarios, buscando el incremento del control y legalización de la tenencia y portación de armas en nuestro país; por lo que, señora y señor usuario no dude en hacer de nuestro conocimiento las debilidades que pudiesen detectar en nuestros servicios para subsanarlas lo antes posible.

UN FRATERNAL ABRAZO PARA USTEDES, POR PARTE DE TODO EL PERSONAL QUE LABORA EN LA DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE ARMAS Y MUNICIONES “DIGECAM”



Director de la Dirección General de Control
de Armas y Municiones
DIGECAM

Nuestra Misión


Autorizar, registrar y controlar la importación, fabricación, exportación, almacenaje, compraventa, transporte, tenencia y portación de las armas de fuego y municiones que ingresan, circulan y/o egresan del territorio nacional, a través de la autorización de las licencias respectivas, registro físico e inspecciones, para mantener el inventario nacional.



Nuestra Visión


Coadyuvar a la seguridad del estado de Guatemala a través del registro y control de armas y municiones, en base a lo regulado en ley, con la firmeza necesaria para generar confianza en la sociedad.



Nuestra Historia


El Departamento de Control de Armas y Municiones DECAM, se crea por medio del Decreto número 39-89 del Congreso de la República de Guatemala, el 29 de junio de 1989.

La Dirección General de Control de Armas y Municiones DIGECAM, se crea por medio del Decreto Número 15-2009 del congreso de la República de Guatemala, el 29 de abril de 2009.

Dentro de la Ley de Armas y Municiones en el Artículo 22, Capítulo Único, Título II, del mencionado Decreto, se crea la Dirección General de Control de Armas y Municiones como una Dependencia del Ministerio de la Defensa Nacional y en el Artículo 24 se señalan sus funciones.

Desde su creación hasta la fecha ha funcionado en 5 sedes distintas:


Primera Sede

Inicia sus actividades en un espacio concedido por el Estado Mayor de la Defensa Nacional, hasta el 30 de mayo de 1991. Le correspondió al entonces Coronel de Infanteria DEM. Y Licenciado HUGO EDMUNDO SING URZUA, ser el fundador del Departamento, y señalar los primeros pasos que debían darse en esta nueva dependencia, habiendo desempeñado el cargo hasta el 31 de diciembre de 1991.




6ª calle y 6ª avenida
Palacio Nacional de la Cultura, zona 1
(1989 - 1991)

Segunda Sede

En este año el DECAM ya estaba considerado como una dependencia auxiliar del Ministerio de la Defensa Nacional, por lo que fue necesario su traslado a estas instalaciones, para dar un mejor servicio a los usuarios iniciando sus labores el 01 de agosto de 1991.




11 avenida “B” 32-46 zona 5.
(1991 - 1992)

Tercera Sede

El antiguo Hospital Militar, fue la tercera sede del Departamento de Control de Armas y Municiones DECAM, allí inició sus labores el 08 de agosto de 1992. Este traslado se dió porque el departamento crecía considerablemente y las instalaciones que tenía eran demasiado pequeñas, para darle comodidad no solo al personal que allí laboraba, sino que a los usuarios y ademas hacia falta espacio para las armas que eran depositadas en su bodega.




6ª calle 3-35 zona 10.
(1992 - 1996)

Cuarta Sede

Cuatro años más tarde el 01 de octubre de 1996 se traslado la sede a la 2ª avenida 11-02 de la zona 1, donde empezó a funcionar el 01 de enero de 1997, habiendo sido en esta sede donde el personal de Especialistas de alta en el Ejército es trasladado a las otras unidades Militares y se contrata personal civil para que labore en esta dependencia.




2ª avenida 11-02 zona 1.
(1997 - 2007)

Sede Actual

Durante la administración del Coronel de Artillería DEM GABRIEL SIGFRIDO JUÁREZ MUÑOZ, nace la inquietud del traslado hacia otras instalaciones con el objeto de mejorar los servicios a los usuarios e implementar recursos tecnológicos; lo que ha permitido hasta la fecha prestar el servicio al usuario, con mayor eficiencia.




12ª avenida 31-09 zona 5.
(2007 - A la fecha)



Organización Actual